Un operario despedido mediante WhatsApp logró que un tribunal ordenara a su empleador pagarle una indemnización. La decisión judicial se basó en considerar que, pese a los antecedentes disciplinarios del trabajador, el procedimiento de desvinculación fue inválido.

El empleado había recibido reiterados apercibimientos por distintas conductas desarrolladas dentro de la planta donde trabajaba. La empresa tenía documentadas estas infracciones de conducta, pero cuando resolvió finalizar la relación laboral, optó por comunicarlo a través de un mensaje por WhatsApp.

Los jueces rechazaron esta modalidad de comunicación como insuficiente para un acto de tal envergadura. La legislación laboral argentina requiere que los despidos se realicen respetando procedimientos formales, independientemente de que existan motivos disciplinarios previos que justifiquen la medida.

El tribunal resolvió que la irregularidad en la forma de desvinculación generó un daño al trabajador que debe ser reparado económicamente. La indemnización ordenada constituye tanto una compensación como una declaración sobre cómo deben proceder las empresas en estos casos.

Este fallo refleja un criterio consolidado en la Justicia laboral: la formalidad en los despidos no es un trámite menor, sino un derecho fundamental de los empleados. Aun cuando hay razones valederas para despedir a alguien, esas razones no dispensan del cumplimiento de los requisitos legales.

La sentencia también pone en relieve las transformaciones en las comunicaciones empresariales. Aunque plataformas como WhatsApp han permeado los vínculos laborales cotidianos, los tribunales han establecido límites claros respecto de qué tipo de comunicaciones pueden canalizarse por estos medios.

El caso constituye un antecedente relevante para empleadores y empleados sobre la importancia de respetar los procedimientos en cualquier desvinculación laboral.

Imagen: KATRIN BOLOVTSOVA / Pexels – Con informacion de TN

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